Lo hizo tras admitir las acciones directas de inconstitucionalidad interpuestas contra los artículos 107, 108, 109 y 110 por los que se despenalizaba el aborto en. - El presente Título I establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos. - El presente Título I establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las rela-ciones jurídicas emergentes de ellos.
Para lograr que se cumpla lo establecido en el Código Tributario Dominicano y lograr la ampliación de la base tributaria en República Dominicana, la DGII necesitará mantener el cumplimiento de las leyes sin excepciones, ser estrictos con los incumplimientos y velar por el respeto de la entidad.
El Tribunal Constitucional de República Dominicana declaró inconstitucional la Ley 550-14 que permitía la entrada en vigor el próximo 27 de diciembre de un nuevo Código Penal. El presente Título I establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos. Las sanciones que el Servicio o el Tribunal Tributario y Aduanero impongan se aplicarán dentro de los márgenes que corresponda, tomando en consideración: 1 La calidad de reincidente en infracción de la misma especie. Las modificaciones propuestas en este proyecto de ley toman en cuenta los derechos adquiridos en legislaciones y contratos vigentes, por lo que los mismos son.
Dec 1, 2020 La República Dominicana (RD) reafirma su compromiso con la consecución de los objetivos del Acuerdo de París bajo la Convención Marco. "La legislación propuesta adecúa el contenido del Código Tributario a la Constitución dominicana de 2010, a la vez que se actualiza el texto que recoge distintos cambios recientes. Código Tributario de la República Dominicana instituido por la Ley 11-92 del 16 de Mayo de 1992 y legislación complementaria.
Son deducibles las expensas realizadas durante el año o período gravable en el desarrollo de cualquier actividad productora de renta, siempre que tengan relación de causalidad con las actividades productoras de renta y que sean necesarias y proporcionadas de acuerdo con cada actividad
CÓDIGO TRIBUTARIO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA LEY 11-92 TÍTULO I: DE LAS NORMAS GENERALES, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES TRIBUTARIAS
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